ARRENDAMIENTO
Constitución Política De Colombia De 1991
Art. 51, 64, 313-7
Ley 820 de 2003
Los artículos 1° y 2° establecen el objeto y definiciones respectivamente del régimen de arrendamiento de vivienda urbana: Artículo1°. OBJETO. La presente ley tiene como objeto fijar los criterios que deben servir de base para regular los contratos de arrendamiento de los inmuebles urbanos destinados a vivienda, en desarrollo de los derechos de los colombianos a una vivienda digna y a la propiedad con función social.
Artículo 2°. DEFINICIÓN. El contrato de arrendamiento de vivienda urbana es aquel por el cual dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de un inmueble urbano destinado a vivienda, total o parcialmente, y la otra a pagar por este goce un precio determinado.
En ningún caso, el precio del arrendamiento de servicios, cosas o usos adicionales podrá exceder de un cincuenta por ciento (50%) del precio del arrendamiento del respectivo inmueble.
Código Civil Colombiano
Art. 1547, 1548, 1849, 1850, 1851, 1852, 1862, 1863, 1946, 1947, 1958, 2170.
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